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mayo  18, 2024

(5411) 4371-2806

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SD 87231 – Causa 4.182/2008 – “R. B. L. B. c/ G.E. Lombardozzi S.A. y otro s/ despido” – CNTRAB – SALA I – 22/11/2011

VIOLENCIA LABORAL. TRABAJADORA QUE FUE VÍCTIMA DEL ACOSO PROPINADO POR UN COMPAÑERO DE EMPLEO. Carga ofensiva y discriminatoria. Hostigamiento físico y psicológico. RESPONSABILIDAD DE LA EMPLEADORA POR LA NOCIVIDAD DEL AMBIENTE DE TRABAJO. Art. 1109 del Código Civil. Vulneración de los principios de seguridad e higiene que deben garantizarse en el empleo –Art. 14 bis de la Constitución Nacional y Art. 75 de la LCT–. Doctrina del precedente “Reinhold” de la CNTRAB. Indemnización del DAÑO MORAL. Procedencia

Citar: elDial.com - AA725B



Publicado el 30/12/2011

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Términos mencionados en este fallo: trabajo, ambiente, ofensiva, discriminatoria, hostigamiento, psicológico, responsabilidad, empleadora, nocividad, demandada.



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